Contra la Usura y Despilfarro

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GUAREÑA: Adjudicación de ampliación residencia de mayores


BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DIPUTACIÓN DE BADAJOZ
ANUNCIO NÚMERO 5987 - BOLETÍN NÚMERO 129
JUEVES, 9 DE JULIO DE 2009
“Adjudicación de ampliación residencia de mayores”
Administración Local
Ayuntamientos
Ayuntamiento de Guareña
Guareña (Badajoz)

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 135, de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, pongo en conocimiento que, por este órgano de contratación, con fecha 12 de junio de 2009, se acordó declarar válida la licitación seguida al efecto y adjudicar provisionalmente el contrato de prestación de servicios para redacción de proyecto técnico y dirección facultativa de la actuación.- Ampliación residencia de mayores en Guareña a don Joaquín Blázquez Ruiz, con D.N.I. n.º 09160028-W, arquitecto colegiado con el n.º 16154-3 en el Colegio Oficial de Arquitectos de Extremadura, por la cantidad de treinta mil euros I.V.A. excluido.

Al amparo de lo establecido en el artículo 135.3 de la LCSP., los términos del contrato a formalizar serán los siguientes:

1.º.- Objeto del contrato.-

Objeto la redacción del proyecto técnico para la ejecución de la siguiente actuación.- "Ampliación residencia de mayores en Guareña".- En el objeto del contrato se incluye proyecto básico y de proyecto de ejecución, proyecto de actividad, proyectos específicos de instalaciones, dirección de obras de arquitecto, dirección de obras de arquitecto técnico, estudio de seguridad y salud, coordinación en materia de seguridad y salud.

2.º.- Precio.-

Treinta mil euros (30.000 euros) I.V.A. excluido.

3.º-. Plazo de ejecución.

El plazo de ejecución del contrato comenzará desde la adjudicación definitiva del presente contrato de servicios. Para la presentación de la documentación técnica.- Proyecto básico y de ejecución, estudio de seguridad y salud y cualquier otro necesario para el inicio de las obras se establece un plazo máximo de un mes desde la adjudicación definitiva. La dirección facultativa tendrá la duración de las actuaciones objeto de la misma, y como máximo hasta el 31 de diciembre de 2010 conforme, todo ello conforme al artículo 279.2 LCSP.

Guareña a 22 de junio de 2009.- El Alcalde, Rafael S. Carballo López.

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